Studia Croatica

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ESTATUTO DE POLJICA

Codificación Medieval del Principado Croata de Poljica

TRADUCCION DEL TEXTO CROATA POR BOZIDAR LATKOVIC

Del insulto a los hombres por parte de las mujeres

43. Si una mujer agrede a alguien con insultos, a éste no le está permitido golpearla, sino contestarle. Sin embargo, si una mujer se lanza contra alguien para golpearlo o atacarlo, para tomarlo de los pelos o batirse con él, sin que éste le diera motivo valedero ni fuera culpable, si persigue a esa mujer con un palo hasta su casa, por esto no paga nada.

Penas

44. La pena por la violencia es de 25 libras.

La pena por las injurias, 10 libras.

La pena por el asalto, 100 libras.

La pena por la prenda -de tanto por cuanto alguien se obligó ante otro de acuerdo con la ley, según es justo.

La pena por la maldición. Quien maldice, no importa donde, a su compañero, sin motivo valedero, paga 5 libras. Si un kmetic maldice a un hombre noble, es doble. Cuando un kmetic maldice a su amo, hay que cortarle la lengua, o que se redima con 100 libras.

45. Cuando alguien en el litigio denuncia la violencia o presenta una acusación por violencia, entonces los litigantes ya no pueden evitar la pena por la violencia, que es de 25 libras. Si se comprueba la culpa del acusado, entonces paga él. Si no se comprueba, sino que se confirma que es inocente aquel que es acusado, entonces la pena recae sobre aquél que había denunciado la violencia e injustificadamente había acusado.

Del robo

46. En los tiempos antiguos existía la ley y una pena muy grande y muy severa por el robo, de modo que nadie hubiera podido pagarla fácilmente. Ahora Poljica sancionó y promulgó una ley más indulgente, es decir de 100 libras. Sin tomar en cuenta todo lo otro que pudiera haber sucedido en tal oportunidad, esta pena se paga sólo por el robo.

47. En el año del Señor 1476, el día 20 del mes de noviembre, en Vraci, habiéndose Poljica reunido, se estipuló y promulgó y en su estatuto se asentó así y de este modo: cuando una tierra es hipotecada, de cada una hay que dar una parte del rendimiento al dueño que la hipotecó, y esto de tal manera que se le dé la mitad del rendimiento de esa parte a la que tiene derecho. Esto significa: cuando la tierra es a mitad, de ella hay que darle la cuarta parte, cuando lo es en un tercio, hay que dar de ella la sexta parte; y cuando lo es en un cuarto, se da la octava parte; y cuando lo es en un quinto, se le da la décima parte de ella y así sucesivamente de la misma manera.

Del escribano

48. Este año 1485 desde el nacimiento de Cristo, el día 18 del mes de julio, Poljica estipuló que debe tener un escribano de la comuna juramentado, el cual debe recibir todos los años 20 carneros o por cada carnero 39 bolanca, y esto de manera que los carneros trienales se calculan como cuatro tercios. Por una escritura que sale del libro del escribano recibe 5 bolanca, por una sentencia sellada en papel de algodón 10 bolanca, y para un documento emitido por la corte 1 libra. Además está exento de todos los tributos excepto del harac.

Capítulo de las herencias

49 a. La ley de las plemenscina reza así: aquél que posee una herencia antigua, que quedó de los antecesores, debe cultivarla y usufructuarla y vivir de ella. Pero no es honroso que la despilfarre y consuma sin una gran necesidad, sino -como la ley antigua y la costumbre lo prescriben- que la deje tal como la encontró. Pero cualquier cosa que un hombre encuentre o adquiera, o junte o gane, o de cualquier otro modo la obtenga solo y la aporte con su propio esfuerzo, la ley antigua dispone que le es permitido y lícito hacer con esto lo que quiera, en el momento de su muerte y en vida, por su cuerpo o alma. Esto significa que con aquello que aparte encontró u obtuvo, o adquirió separadamente de la parte en que él es partícipe en la plemenscina, sea una o varias partes, puede disponer libremente: así como adquirió, así puede libremente disponer según su voluntad.

49 b. Que sea mencionado todavía esto: cuando un hombre está por morir y tiene varios hijos o herederos a quienes les quedan sus bienes, entonces le es permitido hacer con esto lo que desea. Pero, aunque moribundo, no tiene que dejar todo a uno en desmedro del otro y que a éste lo prive de todo, sino que proceda según es justo y honroso. Esto vale encontrándose moribundo. Sin embargo, mientras está sano y salvo, el hombre puede disponer libremente de todo lo que tiene.

La ley de los hijos y los padres

49 c. Hay solo trece razones por las cuales un padre puede según su conciencia privar a sus hijos de la herencia:

1. cuando el hijo alza la mano contra sus padres;

2. cuando él personalmente les ocasiona verguenza;

3. cuando los acusa por un acto indigno que no es dirigido contra la fe o contra un gobernante seglar;

4. cuando es un criminal o trata con criminales;

5. cuando conspira contra sus padres sea mediante veneno o de otro modo;

6. cuando profana la cama de su padre;

7. cuando pleiteando causa a sus padres grandes gastos;

8. cuando no quiere garantir por su padre en esclavitud;

9. cuando impide a sus padres expresar su última voluntad;

10. cuando ejerce una profesión deshonesta y humillante que sus padres no ejercitaban, cuando es por ejemplo actor, es decir, comediante, o algo parecido a esto;

11. cuando la hija o la nieta que todavía no tiene veinticinco años y puede casarse, elige la vida deshonesta;

12. cuando no se preocupa de su padre que perdió su juicio;

13. cuando no procura redimirlo si está en esclavitud.

Estas son las razones por las cuales pueden los padres denegar a sus hijos la herencia o la dote.

Qué es lo inmueble y qué lo mueble

50 a. Se llama mueble a aquello que se puede mover fácilmente, y se llama estable o inmueble a aquello que no se mueve de su sitio, es decir: la tierra o la casa, el edificio de muros o edificio de dos pisos, o una sólida choza de aldea, o la iglesia o la torre o la gruta.

50 b. Estas son las cosas inmuebles y estables, y todo lo demás se denomina bienes muebles: y la casa gomionica (1), con el techo de paja, no puede llamarse de otra manera que cosa mueble. Pero el molino o el canal (2) es cosa inmueble. Todo lo demás en el mundo se llama cosa mueble, porque se puede mover fácilmente de su lugar.

50 c. Del agua de manantial que nunca seca se dice que es estable e inmueble. Pero el agua de pozo que las manos excavaron, esto es cosa mueble. Y todo lo demás en el mundo es mueble, pues puede ser movido fácilmente; por eso se llama mueble.

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Studia Croatica, Año 1995, Pág.43
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