Del huérfano
99. Cuando sucede que un varón
queda huérfano de sus padres, sea uno
o más de ellos, entonces nadie puede
demandar ni iniciar un nuevo pleito
contra aquél que quedó huérfano y esto
si se trata de plemenscina. Si no quiere
contestar, es libre de no contestar hasta
que cumpla dieciocho años. Pero
tampoco a él le es permitido cometer, él
mismo o por intermedio de otros, alguna
violencia o ilegalidad contra otro en
relación con la plemenscina confiando en
su minoridad.
100 a. Además quiere nuestra ley de
Poljica, que no haya disputa entre
nosotros nativos de Poljica y que todos
conozcan la ley, por tanto anotamos en
este estatuto: la viuda que queda con
sus hijos y vive honestamente con sus
hijos en los bienes de su marido, debe
mantenerse a sí misma con sus hijos con
estos bienes del marido, hasta la muerte.
100 b. Si se casa de nuevo
queremos que no le pertenezca nada del
primer marido, sino que tome solamente
la dote que había aportado y que todavía
no ha consumido, y si el marido mismo le
dejó en el testamento alguna baratija.
100 c. Si a la viuda se le muere
algún hijo, nada de éste le corresponde a
la madre sino a los hermanos; si no hay
hermanos entonces a sus hermanas; si
no hay hermanas a su parentela, pero no
a su madre. Esto se refiere a aquella que
se casa. Pero aquella que vive
honestamente con sus hijos vale como
está dicho antes.
CONTINUA
PRINCIPIO DE ARTICULO
INDICE
HOME