De la venta de carne
107 c. La carne de buey y de cabra
cuando es gorda no puede venderse
más cara que a un orljak (1). Aquellos
que carnean no deben recortar los
riñones. Quien vendiera más caro la
mencionada carne o extrajera los
riñones, contra éste, cualquiera que se
encuentre allí presente, podrá levantar
las manos para llevarse toda la carne,
bajo nuestra responsabilidad.
La carne de chivito debe venderse a
5 bec (1) y no de otra manera. Los tres
días de Navidad y de Carnaval a cuanto
se pueda (2).
107 d. El precio del trigo, del
centeno y de la cebada, vigente en el
verano debe mantenerse en la venta y la
compra hasta la Navidad. Si después de
la Navidad aumenta el precio del grano
entonces hay que ponerse de acuerdo.
107 e. El pan que se elabora en
Poljica debe ser hecho según la medida
tal cual es en Omis. Si dos hombres
atestiguan delante del gran príncipe que
la medida es más chica, puede la gente
adueñarse del pan bajo nuestra
responsabilidad.
108. La aldea o la zupa que no
quiere un criminal público, pueden sin
merced liberarse de él y entregarlo a los
señores. Si los señores no le hacen
nada, dejamos a la comuna que alce sus
manos contra él igual que contra un
ladrón.
Del ladrón en la aldea
109. Al ladrón que es encontrado en
la aldea hurtando en los huertos, o el
ganado en el corral, los viñedos, el trigo
en el campo, que la aldea le cobre la
pena con que se resarcirá; según se
compruebe que daño ha hecho, así le
cobren el resarcimiento y los señores la
multa que puedan. Quien habla en favor
de un ladrón es considerado su
cómplice, y debe pagar la multa que fijan
los señores para aquél que en algo
ayuda al ladrón de palabra o de acción.
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